Como identifican y clasifican las fuentes del derecho ?


_-CLASIFICACIÓN 






     ⇉Para designar, el origen del derecho, es decir, la manera como el orden jurídico brota o nace su observancia.
Resultado de imagen para imagenes de fuentes del derechoEn general, fuente es el principio u origen de una cosa, el lugar donde nace o se produce algo. Es el principio, el fundamento, el origen, la causa o la explicación de una cosa. Cuando hablamos del origen de la norma jurídica, nos referimos a los hechos que le dan nacimiento, a las manifestaciones de la voluntad humana o a los usos o prácticas sociales que la generan, nos referimos, desde luego, al origen del propio .


Fuentes Formales :
                                                  
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Fuentes  Reales :


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Fuentes Históricas:


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👉 IMPORTANCIA 
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La Ley: fuente formal de carácter que constituye el instituto por excelencia de creación de normas jurídicas.Son generales,abstractas y impersonales . 


→La creación de normas en nuestro sistema jurídico el proceso legislativo tiene 3 características :

  • Procedimientos generales para crear normas.
  • Debe formar determinadas leyes.
  • Se integran jeraquicamente 



Material: Es la materia misma del acto, esto es la norma general, abstracta y obligatoria que regula la conducta humana.
Formal: Es la norma creada por el poder legislativa.
CARACTERÍSTICAS
  • Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase.
  • Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma.
  • Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación por leyes posteriores.
  • Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.
  • Se reputa conocida: Nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de cumplirla.
                                                                   

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